Si tienes la suerte de contar con una piscina en la parcela donde habitas, seguramente ya te hayas dado algún chapuzón para aliviarte de los calores del verano. Pero, las piscinas comunitarias no sólo son fuente de diversión, también lo son de discusión. Desde Olano piscinas queremos señalarte algunas de las normas a las que debe atender una comunidad de propietarios cuando sus pisos cuentan con una piscina privada.
Legislación aplicable a las piscinas comunitarias
En primer lugar, cada Comunidad Autónoma cuenta con una legislación específica que contempla la regulación de las piscinas comunitarias. En esta legislación encontrarás las obligaciones que atañen a tu comunidad y que serán específicas del lugar donde vives. Si tienes un piso o apartamento que dispone de piscina, deberás consultar la normativa de Cataluña. Pero también encontrarás en las ordenanzas municipales de tu localidad normas al respecto.
Además de esta normativa a la que deben ajustarse las piscinas públicas y privadas en la forma que especifique cada Comunidad Autónoma y Municipio, debe existir una normativa interna generada por la propia Comunidad de Propietarios.
Normativa interna de la piscina comunitaria
La normativa interna de la piscina comunitaria debe especificar las condiciones de uso, aforo y horario de la instalación. Esta información ha de estar obligatoriamente visible en lugares comunes del recinto. Lo ideal es que esté a la entrada y a la salida para que todos los vecinos con derecho a disfrutar de la piscina estén perfectamente informados.
Tanto las condiciones de uso, como el aforo y el horario son parte de la normativa interna que se habrá adoptado en el título constitutivo o estatutos de la comunidad. Y si no es así, se ha de acordar durante la celebración de una Junta de la Comunidad de Propietarios.
Además, dependiendo del tamaño de la piscina y su lámina de agua, la legislación de cada Comunidad Autónoma determina el aforo máximo permitido y si es necesaria la presencia de socorrista.
En cuanto al mantenimiento de las instalaciones de la piscina, éste correrá a cargo de todos los vecinos en función de su grado de participación, al margen de que usen o no la piscina.
También es la Comunidad de Propietarios la responsable de velar por el mantenimiento del nivel de salubridad que exige la ley para las piscinas comunitarias, así como del recinto completo. Y si fuera necesario hacer obras, éstas deberán ser aprobadas por mayoría simple.
Por último, aunque no es obligatorio contar un seguro de responsabilidad civil, sí es recomendable, ya que, si en la piscina de tu piso ocurriera algún accidente y tu Comunidad contara con un seguro de responsabilidad civil, el responsable del suceso sería la Comunidad.